FUENTES DEL DERECHO ROMANO

01.10.2012 15:02

 

 

PERSONAS

·         Personas Morales  Las mismas jurídicas

·         Persoas Jurídicas    Una ficción, representadas por una persona natural

FUENTES DEL DERECHO ROMANO

LAS NORMAS ROMANAS           

Costumbre: Actos continuos repetidos que se aplican a hechos semejantes.

                        Ejemplo: La pena de muerte para el que hurta.

Lex: Ley en derecho

·         Lex poetelia papilia 326 a.C, abolió la esclavitud por deudas.

·         Lex Aquilia de damino 286 a.C, regula el daño sobre las cosas.

·         Lex Cincia. sobre donaciones.

·         Le platoria, sobre la validez de negocios de menores de edad.

·         Lez Atilia de tutore dando 210 a.C, relativa al derecho tutelar.

·         Lex Furia, sobre prohibiciones a los testadores.

·         Lex Falcidia 714 a.C, disposiciones suceriales.

·         Lex Silia y lex calpumia, sobre simplificación de las acciones.

·         Lex Lulia 757 y Papia 762, matrimonios, hijos y sucesiones.

Ley de las XII TABLAS

Constituciones imperiales y otras.

Los plesbicitos: Normas que producian los plebeyos.

Senado Consulto: Consejos formados por pater familia, eran conceptos y opiniones.

La jurisprudencia: Es el derecho con prudencia, con inteligencia y sabiduría.

Producian documentos.

Las Novelas: Hacen parte de la historia.

NORMATIVIDAD COLOMBIANA

La Constitución Política: Norma de normas

Es la estructura juridico política de un Estado.

La ley: Es la manifestación del legislador.

El carácter de la ley: Mandar, Prohibir, Permitir, Castigar.

Art. 150 La ley la hace el Congreso de la República

                                 Constitución Política

                                  Ley

NACIONALES       Decretos Nacionales

                                  Resoluciones Nacionales

                                  Circulares

                                                Ordenanzas Departamentales

DEPARTAMENTALES       Decretos Departamentales

                                                Resoluciones                           

                                        Acuerdos Municipales       

MUNICIPALES           Actos Municipales

                                       Resoluciones Municipales

Costumbre: Actos consuetudinarios

Jurisprudencia: Desiciones de altas cortes.

Doctrina: Conceptos de profesionales en derecho.

 

DERECHO: Es un conjunto de normas que regulan el comportamiento de las personas.

DE LAS PERSONAS Y SUS ESTADOS

ESTATUS LIBERTATIS O ESTADO DE LIBERTAD

Es aquel estado donde  la persona goza de todos sus atributos y derechos. El que no tuviera éste estado, seria catalogado como cosa.

Contuberlio: Es la unión de muchos esclavos.

Art. 28 de la const. Por deudas ninguna persona irá a la carcel ni habrá pena de muerte.

EMANCIPACIÓN: Es cuando se recobra la libertad.

ESTADO DE CIUDADANÍA

Los que tenían la ciudadanía romana podían elegir o ser elegidos, asi mismo ocupar cargos públicos como magistrados o jueces. Ejercían todos sus derechos, podían negociar o comercializar, comprar o vender. Además tenían la oportunidad de casarse o contraer nupcias.

NO ERAN CIUDADANOS ROMANOS: Los peregrinos. Extranjeros que llegaban a Roma  a dormir de paso.

ESTADO DE FAMILIA

Era aquel estado donde las personas se sometían a una potestad ajena.

Ejemplo: Patria potestatis o patria potestad.

Existe un atributo dentro de la patria potestad  sobre la familia y todos sus bienes y es el de poder.

EL MATRIMONIO

Es un contrato solemne, en base al amor. Art 113 del código civil.

REQUISITOS ESENCIALES PARA CONTRAER IUSTAS NUPCIAES

·         Pubertad de los cóyugues

·         Consentimiento de los dos cónyugues

·         Consentimiento del jefe de familia y no tener impedimentos para hacerlo.

DISOLUCIÓN DEL MATRIMONIO

·         Muerte de uno de los cónyugues

·         Pérdida de la libertad

·         Pérdida de la ciudadanía

DIVORCIO: Terminación o cesación de un vínculo.

Art. 154 Causales de divorcio:

·         Relaciones sexuales extramatrimoniales

·         Incumplimiento de obligaciones

·         Los ultrajes

·         Trato cruel

·         La embriaguez habitual

·         Uso habitual de sustancias alucinógenas

·         Toda enfermedad grave

·         Toda conducta que intente corromper a la otra persona.

LA ADOPCIÓN: Fue creada en Roma para la continuidad del culto de las familias.

Era entrar a una patria potestad solemne con la autoridad pública, bajo el sometimiento de la familia.

TUTELA: Era aquella figura jurídica, por medio de la cual se representaba a los impúberes y las mujeres.

1. Dativa

2. Legítima

3. Testamentaria

LA CURATELA  O CURADOR: Era la figura jurídica que se utilizaba para representar  a los que tenían problemas mentales, dementes, locos.

Tabién a los disipadores, aquellos que malgastan.

TUTOR: Cuando era mujer o menor de edad.

CAPITIS DEMINUTIO

Es la pérdida de alguna o algunos atributos vistos anteriormente como: la libertad.

Estatus libertatis

Estado de ciudadanía

                         Libertad    Grave

ATRIBUTOS   Ciudadanía   Medio

                          Familia    Leve